Una mujer que demandó el divorcio
de su marido, para quedarse viviendo con su nueva pareja en la casa que la
Alcaldía les donó para ser usada como vivienda familiar, deberá abandonar el bien
inmueble a más tardar el 24 de julio, porque de lo contrario será la policía
más cercana al domicilio la que ejecutará la orden dictada por la jueza Segundo
de Distrito de Familia, doctora Marlene de Fátima Zamora Zepeda.
Así culminó el singular proceso,
que durante su tramitación dejó al descubierto la conducta de la mujer, quien
por dos años abandonó a sus cuatro hijos para irse con otro hombre; retornó al
hogar con una bebé fruto de esa relación; introdujo a su nuevo compañero en la
casa y amenazaba a sus vástagos con envenenarlos, si se le comían los alimentos
que ella compraba.
“Esta judicial es del criterio
que los niños y las adolescentes no pueden seguir conviviendo con su madre en
la misma vivienda, después de que ésta los ha amenazado, ultrajado, ofendido,
menospreciado, humillado y maltratado por consumirle sus alimentos; y menos
(por) que ha obligado a sus menores vástagos a tener que convivir con un hombre
extraño dentro de la misma vivienda”, sentenció la judicial.
Invocando el Artículo 73 de la
Constitución Política, la judicial indica en la parte resolutiva del fallo que
la señora “ha violentado este principio constitucional, irrespetando no solo la
relación matrimonial, sino a sus propios hijos, quienes expresan su repudio
para con la mala conducta y mal ejemplo de su propia progenitora”.
La sentencia acoge los resultados
de la valoración psicosocial efectuada al cuadro familiar por las licenciadas
Cintya Alvarado y Martha Estrada, concluyendo que la actuación de la demandante
trastoca los principios de los buenos valores y la sana conducta, pues el
comportamiento de la madre “ha provocado la vergüenza de sus menores hijos”.
Amenaza con mata ratas
Asimismo, la jueza Zamora Zepeda
señala que la mujer admitió ante la psicóloga que “enllava” la comida para que
sus hijos no la consuman, porque supuestamente administran mal dicho recurso
alimenticio; coincidiendo con lo expresado por los menores de edad de 14, 12 y 9 años, quienes aseguraron que su
madre ha enllavado los alimentos, amenazándolos con echarle veneno “mata
ratas”, para que no los sigan consumiendo.
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Dra.
Marlene de Fátima Zamora Zepeda, jueza Segundo de Distrito de Familia. |
De acuerdo con la psicóloga, el comportamiento
de la madre ha afectado la percepción que sus hijos tienen de ella, pues
durante la entrevista “solo se enfocó en la situación de la vivienda, pues
quiere que le quede a ella y que el padre de sus cuatro niños salga de la
misma; además, idealiza y habla muy bien de las acciones realizadas por su nueva
pareja sentimental”.
Invocando el Código de Familia y
ante el abandono del hogar, la judicial indicó que la mujer es en deber 12
meses de pensión alimenticia retroactiva, porque en los dos años de ausencia le
dejó al padre toda la obligación de la manutención de sus hijos.
La sentencia establece que en ese concepto, a
la mujer le corresponde entregar la suma de C$ 2,843.64 córdobas, los que
multiplicado por 12 meses suman C$ 34,123.72 córdobas, los que deberá pagar en
68 cuotas de C$ 500.00 córdobas y una última cuota de C$123.72 córdobas, los
que le serán retenidos vía nómina salarial.
En cuanto a la pensión
alimenticia, ordenó la retención del 40 por ciento de sus ingresos ordinarios y
extraordinarios, horas extras, bonificaciones indemnizaciones y cualquier otro
de beneficio que conforme convenio colectivo tenga derecho, suma que no puede
ser menor a 2,843.64 córdobas, que también le serán retenidos vía nómina.
Respecto al cuido y crianza de
los menores de edad, incluida la hija mayor de 14 años que ya es madre, será el
padre el que detente esa obligación, mientras que el bien inmueble en el que
habitan actualmente los miembros de la familia, queda para uso y habitación de
los cuatro hijos junto con el padre, por ser quien siempre ha estado habitando
la casa junto con los niños.
Y para que la Alcaldía de Managua tome cartas
en el asunto, ya que la donación de la casa estaba a nombre de la demandante y
el demandado, la doctora Zamora Zepeda giró oficio haciendo de su conocimiento
la resolución emitida, tras la tramitación del proceso judicial de divorcio.